sábado, 29 de agosto de 2020

CUANDO LA REBELION ES UN DERECHO

 


CUANDO LA REBELION ES UN DERECHO

Por: Lcdo. Sergio Ramos

Desde sus mismos comienzos, el régimen castrista se ha caracterizado por la represión, la censura y el discrimen contra quienes se les oponen. El país está regido con mano de hierro por una minoritaria casta híper-privilegiada que mantiene al pueblo de Cuba sufriendo una atroz tiranía totalitaria desde hace seis décadas.

Hace varias semanas el dictador-testaferro Miguel Díaz Canel hizo amenazantes expresiones declarando que “las calles son para los revolucionarios…”. En otras palabras, recalcando una vez más que a los opositores se les niega el derecho a circular libremente por las calles del país en total contravención a La Declaración de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas en su artículo 13 inciso 1 establece que “Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de su Estado.”

Tales declaraciones, no solo constituyen una violación a los derechos humanos de los ciudadanos que no comparten las ideas del régimen y se oponen a la dictadura castrista, sino que, además, demuestran claramente, una vez más, el carácter dictatorial, exclusivista y discriminatorio del castrismo.

El hecho de que en estos momentos el régimen haya hecho énfasis en negarle al pueblo el derecho a expresar su descontento en las calles, de manera pública y colectivamente, denota que la cúpula gobernante le tiene miedo a que la oposición se desarrolle y crezca; más aún, le teme a que el pueblo se sacuda el miedo inducido por el terror del estado y produzca una explosión social. Un miedo que se ha incrementado a raíz del desastre económico y alimentario que afecta al país tras la pandemia de Corvid-19, razón por la cual recientemente la dictadura ha desplegado una intensa oleada represiva contra la oposición.

En estos momentos, la frustración y el descontento del pueblo cubano en todo el país es palpable. Más aun, el malestar y desencanto también se percibe en muchas personas que hasta ahora eran partidarios del régimen. De ahí la razón para aumento de la represión contra los opositores y ciudadanos en general que se manifiestan por distintos medios en contra el régimen.

Es evidente que estamos en presencia de una fisura en el control social del régimen sobre el pueblo; situación favorable para la lucha libertaria que no debe dejarse pasar por alto y que nos augura la proximidad del momento para que el pueblo reclame en las calles, desde San Antonio hasta Maisi, las libertades y derechos conculcados por la dictatorial casta gobernante. La explosión social en pos de la libertad del pueblo, hay que impulsarla, como ruta ineludible hacia el logro de un cambio total en Cuba.

Del mismo modo, y simultáneamente con las protestas pacíficas del pueblo, deben denunciarse con nombres y apellidos ante los organismos internacionales de derechos humanos a todos los agentes policiacos, jefes de unidades policiacas y militares, que ordenen y/o ejecuten acciones represivas y/o violatorias de los derechos humanos de los ciudadanos cubanos.

Además, para garantizar el éxito de la lucha libertaria, todos los cubanos amantes de la libertad y la democracia, tanto los de adentro de Cuba, como los exiliados fuera del país, debemos prestarnos a trabajar juntos, unidos y solidariamente en pos de la explosión social libertaria de todo el pueblo cubano.

Se trata de poner en práctica el ejercicio del derecho humano que tiene el pueblo de Cuba para exigir y conquistar su legítimo reclamo de libertad, justicia y respeto a la dignidad humana a través de la expresión pública y masiva de las demandas por un cambio total en lo político, en lo social y en lo económico para el país.       O sea, a través del ejercicio por todo el pueblo del derecho humano consagrado en los artículos 19 y 20 de la Carta de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas que establece que: Articulo 19: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.” Y del artículo 20 inciso 1 que dispone que: “Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.”

Cuando impera la opresión, el pueblo tiene el derecho de luchar por su liberación hasta lograrla. Y también este es un derecho humano. De hecho, la Declaración de Derechos Humanos de las Naciones Unidas reconoce el derecho de las personas a que se establezca un orden social que verdaderamente respete los derechos humanos allí consagrados, al establecer en el artículo 28 que: “Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.”

Mas aun, en el Preámbulo de la Carta de Derechos Humanos de las Naciones Unidas se plantea el reconocimiento del derecho de los pueblos oprimidos por las tiranías a la rebelión cuando expresa que:

“Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión,”

Se trata del mismo derecho en pos de un nuevo orden social de libertad y democracia que ejercieron los polacos bajo el Movimiento Solidaridad o los checos durante la Primavera de Praga o los alemanes cuando provocaron la caída del Muro de Berlin. Es el mismo derecho que hoy dia ejercen los bielorusos contra el dictador Lukashenko o los chinos de Hong Kong contra la ocupación del régimen dictatorial de Pekin. Es el derecho que aplican los venezolanos contra la dictadura de Nicolas Maduro o los nicaraguenses contra el dictador Daniel Ortega. Es el mismo derecho que ejercen en Cuba las Damas de Blanco o los opositores de UNPACO y otras organizaciones opositoras cuando lanzan sus protestas a las calles de Cuba, solo que estas hay que desarrollarlas e intensificarlas para que se produzcan masivamente por todo el pueblo cubano y que abarquen simultáneamente, todo el territorio nacional.

Ese cambio por un nuevo orden social que garantice los derechos proclamados en la Carta de Derechos Humanos de la UNU en Cuba hay que exigirlo masivamente por el pueblo cubano, pues ante el carácter tiránico del régimen castrista, los cubanos todos estamos compelidos al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión castrista.

El derecho del pueblo a rebelarse contra la opresión está contenido en la verdadera y legítima Constitución de Cuba de 1940 en su artículo 40 al párrafo segundo, reconociendo el derecho del pueblo a la resistencia (‘Ius Resistendi’) al establecer que: “Es legitima la resistencia adecuada para la protección de los derechos individuales garantizados anteriormente.” , precepto que, además, es cónsono con las enseñanzas del apóstol José Martí para cuando los opresores nos conculcan nuestros derechos: “… los derechos se toman, no se piden, se arrancan, no se mendigan.” Un derecho que a comienzos del siglo XIX nos planteaba Simón Bolívar al expresar que: “Cuando la tiranía se hace ley, la rebelión es un derecho.”

 

San Juan, Puerto Rico a 23 de agosto de 2020


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