CUANDO LA REBELION ES UN DERECHO
Por: Lcdo.
Sergio Ramos
Desde sus
mismos comienzos, el régimen castrista se ha caracterizado por la represión, la
censura y el discrimen contra quienes se les oponen. El país está regido con
mano de hierro por una minoritaria casta híper-privilegiada que mantiene al
pueblo de Cuba sufriendo una atroz tiranía totalitaria desde hace seis décadas.
Hace varias semanas el dictador-testaferro Miguel Díaz Canel hizo
amenazantes expresiones declarando que “las calles son para los
revolucionarios…”. En otras palabras, recalcando una vez más que a los
opositores se les niega el derecho a circular libremente por las calles del
país en total contravención a La Declaración de los Derechos Humanos de las
Naciones Unidas en su artículo 13 inciso 1 establece que “Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su
residencia en el territorio de su Estado.”
Tales declaraciones, no solo constituyen una violación a los derechos
humanos de los ciudadanos que no comparten las ideas del régimen y se oponen a
la dictadura castrista, sino que, además, demuestran claramente, una vez más,
el carácter dictatorial, exclusivista y discriminatorio del castrismo.
El hecho de que en estos momentos el régimen haya hecho énfasis en negarle
al pueblo el derecho a expresar su descontento en las calles, de manera pública
y colectivamente, denota que la cúpula gobernante le tiene miedo a que la
oposición se desarrolle y crezca; más aún, le teme a que el pueblo se sacuda el
miedo inducido por el terror del estado y produzca una explosión social. Un
miedo que se ha incrementado a raíz del desastre económico y alimentario que
afecta al país tras la pandemia de Corvid-19, razón por la cual recientemente
la dictadura ha desplegado una intensa oleada represiva contra la oposición.
En estos momentos, la frustración y el descontento del pueblo cubano en
todo el país es palpable. Más aun, el malestar y desencanto también se percibe
en muchas personas que hasta ahora eran partidarios del régimen. De ahí la
razón para aumento de la represión contra los opositores y ciudadanos en
general que se manifiestan por distintos medios en contra el régimen.
Es evidente que estamos en presencia de una fisura en el control social del
régimen sobre el pueblo; situación favorable para la lucha libertaria que no
debe dejarse pasar por alto y que nos augura la proximidad del momento para que
el pueblo reclame en las calles, desde San Antonio hasta Maisi, las libertades
y derechos conculcados por la dictatorial casta gobernante. La explosión social
en pos de la libertad del pueblo, hay que impulsarla, como ruta ineludible
hacia el logro de un cambio total en Cuba.
Del mismo modo, y simultáneamente con las protestas pacíficas del pueblo,
deben denunciarse con nombres y apellidos ante los organismos internacionales
de derechos humanos a todos los agentes policiacos, jefes de unidades
policiacas y militares, que ordenen y/o ejecuten acciones represivas y/o
violatorias de los derechos humanos de los ciudadanos cubanos.
Además, para garantizar el éxito de la lucha libertaria, todos los cubanos
amantes de la libertad y la democracia, tanto los de adentro de Cuba, como los
exiliados fuera del país, debemos prestarnos a trabajar juntos, unidos y
solidariamente en pos de la explosión social libertaria de todo el pueblo
cubano.
Se trata de poner en práctica el ejercicio del derecho humano que tiene el
pueblo de Cuba para exigir y conquistar su legítimo reclamo de libertad,
justicia y respeto a la dignidad humana a través de la expresión pública y
masiva de las demandas por un cambio total en lo político, en lo social y en lo
económico para el país. O sea, a
través del ejercicio por todo el pueblo del derecho humano consagrado en los
artículos 19 y 20 de la Carta de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas
que establece que: Articulo 19: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este
derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de
investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin
limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.” Y del artículo 20 inciso 1 que dispone que: “Toda persona tiene derecho a
la libertad de reunión y de asociación pacíficas.”
Cuando impera la opresión, el pueblo tiene el derecho de luchar por su
liberación hasta lograrla. Y también este es un derecho humano. De hecho, la
Declaración de Derechos Humanos de las Naciones Unidas reconoce el derecho de
las personas a que se establezca un orden social que verdaderamente respete los
derechos humanos allí consagrados, al establecer en el artículo 28 que: “Toda persona tiene derecho a que se
establezca un orden social e internacional en que los derechos y libertades
proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.”
Mas aun, en el Preámbulo de la Carta de Derechos Humanos de las Naciones
Unidas se plantea el reconocimiento del derecho de los pueblos oprimidos por
las tiranías a la rebelión cuando expresa que:
“Considerando esencial que los
derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre
no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la
opresión,”
Se trata del mismo derecho en pos de un nuevo orden social de libertad y
democracia que ejercieron los polacos bajo el Movimiento Solidaridad o los checos
durante la Primavera de Praga o los alemanes cuando provocaron la caída del
Muro de Berlin. Es el mismo derecho que hoy dia ejercen los bielorusos contra
el dictador Lukashenko o los chinos de Hong Kong contra la ocupación del
régimen dictatorial de Pekin. Es el derecho que aplican los venezolanos contra
la dictadura de Nicolas Maduro o los nicaraguenses contra el dictador Daniel
Ortega. Es el mismo derecho que ejercen en Cuba las Damas de Blanco o los
opositores de UNPACO y otras organizaciones opositoras cuando lanzan sus
protestas a las calles de Cuba, solo que estas hay que desarrollarlas e
intensificarlas para que se produzcan masivamente por todo el pueblo cubano y
que abarquen simultáneamente, todo el territorio nacional.
Ese cambio por un nuevo orden social que garantice los derechos proclamados
en la Carta de Derechos Humanos de la UNU en Cuba hay que exigirlo masivamente
por el pueblo cubano, pues ante el carácter tiránico del régimen castrista, los
cubanos todos estamos compelidos al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía
y la opresión castrista.
El derecho del pueblo a rebelarse contra la opresión está contenido en la verdadera
y legítima Constitución de Cuba de 1940 en su artículo 40 al párrafo segundo,
reconociendo el derecho del pueblo a la resistencia (‘Ius Resistendi’) al establecer que: “Es legitima la resistencia
adecuada para la protección de los derechos individuales garantizados
anteriormente.” , precepto que, además, es cónsono con las enseñanzas
del apóstol José Martí para cuando los opresores nos conculcan nuestros
derechos: “… los derechos se toman, no se piden, se arrancan, no se mendigan.”
Un derecho que a comienzos del siglo XIX nos planteaba Simón Bolívar al
expresar que: “Cuando la tiranía se hace ley, la rebelión es un derecho.”
San Juan, Puerto Rico a 23 de agosto de 2020
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