LO ILEGITIMO ES EL
REGIMEN DICTATORIAL; PROTESTAR ES UN DERECHO
Por: Lcdo. Sergio Ramos
Las consistentes negativas del régimen castrista para
otorgar los permisos debidamente solicitados por opositores en distintas
ciudades del país para realizar una marcha de protesta pacífica, inicialmente
pautada para el 20 de noviembre próximo y luego adelantada para el día 15 de
ese mes, con el fin de exigir el respeto de los derechos humanos conculcados,
demuestra el carácter institucional de la represión en Cuba.
Así vemos como en la carta
denegatoria de la Administración de la Habana Vieja, el régimen se escuda en la
irrevocabilidad del sistema socialista contemplado en el artículo 4 de la
impuesta constitución castrista que establece que: “El sistema socialista que
refrenda esta Constitución, es irrevocable” y en la última oración del artículo 56 que establece el derecho a
manifestación, pero limitándolo a que siempre éste se ejerza de acuerdo al “acatamiento
a las preceptivas establecidas en la ley”. Tal “acatamiento” de por sí,
hace a dicha disposición una violatoria de los derechos humanos de los
ciudadanos a expresarse y manifestarse públicamente para hacer sus reclamos o
para cambiar las leyes y sistemas de su país, más aun, cuando ésta se relaciona
con el concepto de irrevocabilidad del régimen social, económico y político
imperante.
En la práctica, tal precepto
constituye una coacción al derecho del pueblo a cambiar las leyes y sistemas de
gobierno del país. Además de ser un anacrónico precepto al no reconocer el probado
hecho de que con el cursar de los tiempos a lo largo de la historia de la
humanidad, los sistemas sociales, políticos y económicos han evolucionado a
medida que se desarrolla el pensamiento, la ciencia y la tecnología, provocando
cambios en las costumbres y las leyes de los pueblos.
Pero lo más llamativo es que
la dictadura ha definido a dichas convocatorias ciudadanas a las marchas de
protesta pacíficas como un acto “ilegitimo”
basándose en una constitución impuesta al pueblo desde la ilegitimidad que
permea al régimen desde sus comienzos en 1959.
La actual constitución vigente en Cuba desde el 2019,
al igual que las anteriores versiones constitucionales impuestas por el régimen
castrista, carecieron de un libre debate en su redacción y en su aprobación, ya
que solo participaron los miembros de una asamblea pre-existente compuesta exclusivamente
por militantes de un único partido, el comunista, y en donde se excluyeron a todas
las demás tendencias políticas, sociales y económicas del país. De hecho, la propia constitución castrista
establece el exclusivismo discriminatorio de toda otra tendencia u opinión
política diferente a la del régimen al disponer en su artículo 5 que: “El Partido Comunista de
Cuba, único, martiano, fidelista, marxista, y leninista, vanguardia organizada
de la nación, sustentado en su carácter democrático y la permanente vinculación
con el pueblo, es la fuerza política dirigente superior de la sociedad y el
Estado.” De por sí, este artículo constituye una violación de los derechos humanos
del pueblo cubano, ya que excluye del derecho a participar en la vida política
y en el gobierno del país a todo aquel ciudadano que piense diferente a los
preceptos del políticamente monopólico partido comunista.
Tal disposición contraviene la Carta de Derechos Humanos
de las Naciones Unidas la cual establece en su artículo 21 que:
“1. Toda persona tiene derecho a participar en el
gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente
escogidos.
2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en
condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
3. La voluntad del pueblo es la base
de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante
elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio
universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice
la libertad del voto.”
Las mal llamadas “consultas” o referéndums para
aprobar la actual constitución vigente en Cuba, al igual que en todas las
anteriores, estuvieron viciadas por la exclusión, la censura, la represión y la
coacción contra todo aquel que expresase una posición distinta a la pregonada y
pretendida por la dictadura.
En el procedimiento de promulgación de todas
estas, así como en la vigente, se desconoció la soberanía del pueblo cubano
que, en esencia, es la fuente del poder político y supone la ausencia de
subordinación a ningún otro poder. Se trata del concepto “super omnia” del derecho romano. Esto implica que no hay otro poder
soberano sobre el tenedor de la soberanía que es el pueblo integrado por todos
y cada uno de los ciudadanos.
Luego el fundamento de la antedicha carta denegatoria
del régimen es ilícito, pues se basa en una impuesta constitución que es
ilegítima.
La legitimidad de los convocantes a las protestas
pacíficas está asentada en las garantías a los Derechos Humanos de la Carta de
los Derechos Humanos de las Naciones Unidas cuando en sus artículos 19 y 20
establece que:
“Artículo 19: Todo individuo tiene
derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el no ser
molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y
opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier
medio de expresión”.
“Artículo 20: 1. Toda persona tiene derecho a
la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
2. Nadie podrá ser obligado a
pertenecer a una asociación.”
Por cuanto, indiscutiblemente quien incurre en un
acto de ilegalidad es el gobierno dictatorial castrista. Los convocantes y los participantes de las
marchas de protesta pacíficas están ejerciendo sus derechos a tenor con la
Carta de Derechos Humanos de la ONU, de la cual Cuba es signataria.
Y es que, en la realidad, en Cuba no hay un
estado de derecho, sino una dictadura totalitaria que gobierna ilegítimamente a tenor con el capricho y la
arbitrariedad de quienes usurpan el poder que le corresponde al pueblo. Al tiempo
que los ciudadanos cubanos que se rebelan contra la
opresión y claman por su libertad están ejerciendo legítimamente un derecho
humano que el régimen pretende conculcarles.
O como nos planteara el Libertador Simón Bolívar:
“Cuando la tiranía se hace ley, la rebelión es un derecho”
San Juan, Puerto Rico a 16 de octubre de 2021